Pueblos indígenas de la Selva Central rechazan tajantemente el dictamen del P.L 3941 

La Asociación Regional de los Pueblos Indígenas de Selva Central-ARPI-SC y la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú de Selva Central-CONAP-SC, organizaciones representativas legítimas del movimiento Indígena – Originarios. En respuesta a nuestra legítima defensa que nos corresponde como Derechos, establecidos en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por el estado peruano mediante resolución legislativa N°26253,  la Declaración de las Naciones sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y la Constitución Política del Perú, artículos N° 88, 89 y 149.

Ante la amenaza a los derechos de los Pueblos Indígenas, por la propuesta de ley N° 3941 – “Ley de promoción de inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zona de mayor exclusión social” recientemente aprobado por la Comisión de Pueblos Andinos Amazónicos y Afroperuano, Ambiente y Ecología, una de las muestras claras, cómo el Estado y sus órganos de gobierno, siguen transgrediendo la pervivencia y los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas.

Ante ello nos pronunciamos:

Primero.- Por la forma en que los órganos de gobierno han venido y vienen impulsado medidas administrativas y legislativas, bajo la sombra de “Inversión y Desarrollo” que atentan contra la pervivencia y los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Segundo.- Los pueblos indígenas, somos receptores y analíticos ante las estrategias del gobierno que pretenden y promueven retomar los proyectos de leyes que anteriormente han sido derogadas (como ejemplo las leyes 1064 y 1090 – año 2009). Que ha generado costos de vidas humanas, derramamiento de sangre y persecuciones de los líderes indígenas quienes defendieron y los líderes de ahora seguiremos defendiendo, que pretenden revivirl en éste proyecto de Ley N°3941, para “provocarnos y llegar a enfrentamientos entre peruanos”

Por todo lo expuesto exigimos:

Que el Estado a través de su instancias de gobierno, cada vez que se dictamine medidas Administrativas y legislativas, deben consultar a los pueblos indígenas, a través de sus órganos representativas en aplicación a la Ley N°29785 de Consulta Previa, a los pueblos indígenas u originarios. Ante la incoherencia consumado mediante el proyecto de Ley N°3941, exigimos su archivamiento definitiva de los dictamen dada, por ser atentatoria para los pueblos indígenas y contraviene con nuestra demandas históricas al derecho a la titulación de nuestro territorios y ponen en riesgo la multiculturalidad del país.,

  • Nos declararemos en movilización y resistencia indefinida en defensa de nuestros derechos y de nuestros territorios, recurriremos a instancias internacionales a fin de salvaguardar nuestra existencia como pueblos genuinos y milenarios, tal como se ha demostrado durante la lucha contra el Terrorismo en los años 1980 a 1990 y la migración permanente usurpadora, invasora de nuestros territorios ancestrales.   
  • Invocamos a los aliados, ciudadanos, cooperación internacional, a sumarse a esta gran resistencia para la pervivencia de los pueblos indígenas dentro de su hábitat territorial es decir jurisdicción indígena.

Dada en la ciudad de Satipo, dentro del territorio arawak, en la casa de gobierno de los Pueblos Indígenas a los 09 días del mes de abril del 2015.

¡…Los pueblos originarios somos como árboles, cambiamos de hoja, pero no de raíz…!

¡…Los pueblos indígenas somos como los árboles, sin territorio no hay existencia de vida…!

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