Las 47 concesiones representan un grave peligro para la vida de los hermanos y hermanas en aislamiento.
El Gobierno Regional de Loreto (Gorel) otorgó 47 concesiones forestales ilegales en territorios de los Pueblos Indígenas en Aislamiento (PIA) que habitan en las Reservas Indígenas Yavarí Tapiche y Yavarí Mirim (solicitada).
Dichas concesiones se superponen a 3 mil kilómetros cuadrados del territorio de los PIA y, a pesar de las solicitudes de las organizaciones indígenas y entidades estatales, el Gorel no ha tomado acciones para su nulidad.
Por el contrario, muchas de estas concesiones han seguido operando de manera ilegal y con total impunidad en los últimos 6 años.
Actualmente, se ha emprendido acciones legales para lograr su nulidad y proteger las vidas de los hermanos y hermanas en aislamiento.
¿Por qué son ilegales estas concesiones forestales?
La Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus reglamentos prohíben otorgar concesiones forestales en reservas indígenas creadas y en trámite de creación. Pese a esta prohibición, el Gorel otorgó 47 concesiones forestales.
Posición de diferentes instituciones:
1. Organizaciones indígenas
A través de múltiples documentos, AIDESEP y ORPIO han solicitado la nulidad de las 47 concesiones forestales ilegales por incumplor lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y atentar contra la vida de los Pueblos Indígenas en situación de Aislamiento (PIA).
2. Ministerio de Cultura
En 2020, el Ministerio de Cultura envió el Oficio N° 000656-2020, reiterando el pedido de iniciar los procedimientos necesarios para declarar la nulidad de las concesiones forestales otorgadas por el Gorel.
3. Defensoría del Pueblo
En 2020, la Defensoría del Pueblo emitió el Oficio N° 090-2022-DP/AMASPPI-PPI, que reitera la recomendación: “realizar los trámites necesarios para declarar la nulidad de las concesiones forestales al interior de la Reserva Indígena Yavarí Tapiche y las áreas en trámite de la Reserva Indígena Yavarí mirim, que hayan sido otorgadas en contravención de la Quinta Dispocisión Complementaria Final de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763, que prohíbe el otorgamiento de estos títulos habilitantes en áreas que se encuentran en trámite para el establecimiento de reservas territoriales para pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial”.
4. Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República
A través del Oficio N° 1160-2022-2021/CPAAE-CR, la Comisión de Pueblos señala: “la actuación del Gobierno Regional expone a peligro la vida, la salud y la existencia misma de los pueblos en aislamiento que habitan la reserva indígena solicitada Yavarí Mirim, sometiéndolos a condiciones que puedan acarrear su destrucción física, debido a la aguda vulneración de su sistema inmunológico(…). En ese sentido, se trata de un caso que incluso podría estar constituyendo delito”.
5. Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor)
El Serfor emitió el Oficio N° D000254-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE, que menciona: “Se solicita adoptar las acciones necesarias considerando el marco normativo vigente, a efectos de poder garantizar la protección de los derechos de las comunidades campesinas, nativas y pueblos en aislamiento voluntario o en contacto inicial”.
6. Secretaría General del Despacho Presidencial
A través del Oficio N° 000840-2022-DP/SG, solicitó a la Presidencia del Consejo de Ministros realizar acciones contundentes y urgentes para aseguraar la nulidad de las 47 concesiones forestales ilegales en la Reserva Indígena Yavarí Taiche y la Reserva Indígena solicitada Yavarí Mirim. Y luego que estas acciones sean informadas al presidente de la República.