Caso Saweto: Ministerio Público presenta alegatos finales y pide elevar pena a 35 años por homicidio calificado de líderes indígenas

La Tercera Fiscalía Superior pidió al colegiado que se confirme la condena por el delito de homicidio calificado y que se incremente la pena a 35 años de cárcel.

Asimismo, expuso los medios de prueba que sustentan la responsabilidad penal de los sentenciados y desacreditó los documentos que fueron presentados por la defensa técnica de los sentenciados en esta segunda etapa.

En la novena sesión de la audiencia de apelación del Caso Saweto, realizada el último miércoles 18 de junio, el Fiscal Adjunto Superior de la Tercera Fiscalía, José Carranza de la Rosa, presentó sus alegatos finales, pidió que se confirme la condena contra los sentenciados y que se incremente la pena de 28 años y 3 meses a 35 años de cárcel.

Como parte de sus alegatos, el fiscal Carranza sostuvo que el delito de homicidio calificado está plenamente acreditado y que existen pruebas suficientes para mantener la responsabilidad penal de los sentenciados. 

Carranza pidió al tribunal que se revoque la resolución N°. 60, en el extremo de la pena y que se imponga 35 años de cárcel a los ya sentenciados, sosteniéndose en 3 puntos importantes que no fueron tomados en cuenta para enmarcar la pena dentro de los márgenes del tercio superior: 1) las circunstancias concurrentes que aumentan el valor del resultado, 2) el sujeto pasivo que no fue considerado para determinar el margen punitivo (rango de pena que un juez puede imponer por un delito, establecido por la ley) y 3) los elementos constitutivos de delito que incrementan el margen punitivo.

Asimismo, el fiscal subrayó que, al haberse demostrado la participación conjunta de varios sentenciados, corresponde aplicar un agravante por pluralidad de autores. Esta actuación coordinada revela una estructura organizada para cometer el crimen.  También pidió a los magistrados valorar la gravedad del hecho: los líderes ashéninkas fueron obligados a arrodillarse antes de recibir disparos a corta-media distancia, desde una posición elevada, lo que evidenciaría ensañamiento y premeditación. 

Y recalcó que el crimen estuvo cargado de discriminación e intolerancia étnica contra los lideres y autoridades indígenas, ya que los atacantes usaron términos despectivos como “campa”, “indio” y “muerto de hambre”, elementos que —según indicó— no fueron debidamente ponderados en la sentencia.

“El 29 de agosto del 2014, Edwin Chota y Jorge Ríos acudieron al bar de Tomás Guerrero para hacer uso del teléfono. Al verlos llegar, los sentenciados exclamaron: “Ahí viene ese campa, indio… ese muerto de hambre”, relató Carranza sobre el testimonio del testigo protegido ante la sala.

Pruebas clave que confirman sentencia de primera instancia

El representante del Ministerio Público también presentó una línea de tiempo con pruebas clave que vinculan a los sentenciados con el asesinato, pruebas que fueron debidamente valoradas en la sentencia de primera instancia para condenar a los responsables. Entre estas, se encuentran documentos oficiales y testimonios que demuestran que, entre los años 2013 y 2014, las víctimas denunciaron públicamente amenazas y amedrentamientos por parte de quienes hoy están condenados, vinculados a actividades de tala ilegal; también presentó peritajes, informes del Estado, entre otros.

Carranza recordó que Edwin Chota y Jorge Rios como autoridades indígenas, víctimas de este vil asesinato, impulsaron procesos penales y administrativos contra empresas como ECOFUSAC, lo que generó importantes pérdidas al negocio maderero informal. Y varios testigos confirmaron la presencia armada, disparos intimidatorios y amenazas constantes contra las autoridades y líderes de la comunidad nativa Alto Tamaya – Saweto.

Destacó el testimonio del testigo protegido 001-60-2019 que escuchó a uno de los acusados amenazar a Edwin Chota, tres días antes del crimen, con la frase: “Te voy a matar…”. También citó declaraciones de Ergilia Rengifo, viuda de Jorge Ríos, y de la profesora María Elena Paredes, quienes dieron cuenta de amenazas reiteradas. También un acta fiscal que recoge amenazas directas del sentenciado Hugo Soria a las víctimas.

Con todos estos elementos, el fiscal concluyó que la sentencia de primera instancia es sólida y debe confirmarse, además de ampliarse la pena como corresponde por la gravedad de los hechos.

Defensa de los sentenciados sería investigada por fraude procesal

El fiscal Carranza concluyó sus alegatos solicitando a los magistrados de la Sala que remitan copias a la Fiscalía de Turno para que investiguen por el delito de fraude procesal o falsedad genérica a los abogados de los sentenciados, quienes firmaron y alegaron en la audiencia que el acta de la declaración del testigo protegido era fraudulenta; sin embargo, la fiscalía nunca entregó dicho documento sino los abogados al perito de parte Jorge Ricardo Vera Valcárcel, por lo que se desconoce la procedencia del mismo.

Los magistrados de la Sala programaron la siguiente sesión de la audiencia de apelación para el jueves 26 de junio, a las 2:30 p. m., donde la defensa de las familias de los líderes de Saweto presentará sus alegatos, mientras que la defensa de los acusados lo hará el 3 de julio. Este es un proceso clave para la justicia ambiental y la defensa de los derechos de los pueblos indígenas.

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