A pesar de los esfuerzos constantes de los pueblos indígenas por hacer valer su derecho a ser consultados frente a una medida legislativa o administrativa que los afecta, el Estado continúa trasgrediendo sus obligaciones establecidas en el convenio 169 de la OIT al imponer el Decreto Legislativo 1333, el cual ha omitido el proceso de consulta previa, a pesar de que representa una grave amenaza para los derechos territoriales de las comunidades indígenas afectadas por el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP) promulgado por el Poder Ejecutivo.
Si bien el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha reconocido la necesidad de modificar la norma, este proceso no se ha llevado a cabo según lo establece la Ley del Derecho a la Consulta Previa; sino que se ha apelado, a última hora y de forma improvisada, a la solicitud de reuniones con las organizaciones indígenas, sin tener la posibilidad de consultar con las bases regionales ni entablar un diálogo consensuado previo a la aprobación de este decreto por el Poder Ejecutivo, que le permita a los pueblos y sus organizaciones evaluar la iniciativa desde el inicio, según lo establece dicha ley.
Recordemos, que según el artículo 13 de la Ley del Derecho a la Consulta Previa, la “Evaluación interna de las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios” es una de las siete etapas mínimas del proceso de consulta:
“Las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios deben contar con un plazo razonable para realizar un análisis sobre los alcances e incidencias de la medida legislativa o administrativa y la relación directa entre su contenido y la afectación de sus derechos colectivos”.[1]
Además, este artículo cuenta con un reglamento, el cual establece todas las condiciones y pautas a tomar en cuenta en la implementación de esta etapa, las cuales tampoco fueron respetadas por el MEF.
Cabe destacar también que según el artículo 9 de esta misma ley:
“Las entidades estatales deben identificar, bajo responsabilidad, las propuestas de medidas legislativas o administrativas que tienen una relación directa con los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios, de modo que, de concluirse que existiría una afectación directa a sus derechos colectivos, se proceda a una consulta previa respecto de tales medidas”.[2]
Es decir, que al identificar el MEF las afectaciones a los pueblos indígenas contenidas en el Decreto Legislativo 1333 debió proceder a realizar la consulta según lo establece la ley, sin embargo, como se menciona previamente, esto no ocurrió y las modificaciones tardías realizadas por el MEF, de ninguna manera, reemplazan el proceso de Consulta Previa.
En ese sentido, los intentos de aprobar este decreto por parte del MEF trasgreden los derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Para que se apruebe un decreto legislativo, este debe ante todo, respetar las normas de orden público, los derechos fundamentales y garantías establecidos en la legislación vigente, lo cual no se ha dado. Por estos motivos, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) demanda la derogación del Decreto Legislativo 1333.
AIDESEP seguirá trabajando por que sea respetado el derecho de los pueblos a la Consulta Previa, principio que viene siendo constantemente vulnerado por el Estado en todas sus instancias.
Lee la carta múltiple remitida a congresistas, suscrita por la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Organización Nacional Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Confederación Campesina del Perú (CCCP), la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP), la Unión de Comunidades Aymaras (UNCA), la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC) y AIDESEP para exigir la derogación de este decreto: http://bit.ly/2pI68m8
___________________[1]https://www.dropbox.com/s/p5yc9jm10nhgne5/Art%C3%ADculo%2019%20Etapa%20de%20evaluaci%C3%B3n%20interna.jpg?dl=0[2]https://www.dropbox.com/s/o5rtngv3oqmvmn5/Art%C3%ADculo%209.png?dl=0