Proyecto de electrificación Moyobamba – Iquitos no realiza consulta previa en territorio indígena

La Federación de Comunidades Nativas del Río Nanay (FECONARINA) denuncia como viene trabajando la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos con respecto a al proyecto de electrificación “Línea de Transmisión 220 Kv Moyobamba – Iquitos y Subestaciones Asociadas” ya que solo realiza “talleres participativos” que no brindan la correcta información por no realizar el proceso de consulta previa de acuerdo al Convenio 169.

Los pueblos indígenas denuncian que el proyecto donde se realizará esta línea de transmisión eléctrica compromete en la jurisdicción de FECONARINA, involucrando su territorio ancestral.  Por ello, el pueblo exige que se realice un proceso de consulta ya que según el acelerado avance de este proyecto por parte de las autoridades ni  siquiera asegura que la línea de transmisión eléctrica beneficie a las comunidades.

Finalmente, FECONARINA y la Organización de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) exigen al Ministerio de Energía de Minas reconsiderar la implementación del Proyecto de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y de la Ley de Consulta Previa, ya que los derechos de los pueblos indígenas podrían ser afectados por la actividad eléctrica que planea realizarse en la zona.

PRONUNCIAMIENTO FECONARINA

La Federación de Comunidades Nativas del Río Nanay (FECONARINA) liderado por el Apu Manuel Candamo Murayari y la Organización de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO), en salvaguarda de los derechos de los pueblos indígenas involucrados en el Proyecto “Línea de Transmisión 220 Kv Moyobamba – Iquitos y Subestaciones Asociadas”, nos pronunciamos en los siguientes términos:

El Ministerio de Energía de Minas a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos viene desarrollando -en territorio de los pueblos indígenas- talleres participativos “luego de presentado el EIA del Proyecto “Línea de Transmisión 220 Kv Moyobamba – Iquitos y Subestaciones Asociadas”, en el marco de los lineamientos para la participación ciudadana en las actividades eléctricas. Cuando -de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y de la Ley de Consulta Previa- hubiera el Ministerio de Energía y Minas implementado un proceso de Consulta Previa.

Los pueblos indígenas han denunciado la falta de información adecuada y la celeridad con la que avanza este proyecto sin la garantía de los derechos colectivos y fundamentales de los pueblos involucrados. La Empresa Concesionaria de Transmisión LINEA DE TRANSMISIÓN PERUANA (LTP) ha realizado valorizaciones de franja de servidumbre del Proyecto en la jurisdicción de FECONARINA sin la participación y explicación clara sobre el uso y las posibles afectaciones en el territorio ancestral de los pueblos implicados.

La línea de transmisión eléctrica podría no beneficiar con energía eléctrica a las comunidades. Si esto se diera estaríamos en el centro de una grotesca exclusión y mezquindad del mismo Estado. Si hubiere un escenario de hambruna entre la abundancia de pan no habría razones de perdonar el atropello de los derechos humanos.

Pedimos al Ministerio de Energía de Minas reconsiderar la implementación del Proyecto de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y de la Ley de Consulta Previa, en lo que atañe los derechos de los pueblos indígenas que pudieran ser afectado por la actividad eléctrica.

Iquitos, 18 de agosto 2015

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