Defensoría del Pueblo alerto al MINEM modificar normativas para actividades mineras 

La Defensoría del Pueblo emito una comunicación de alerta al Ministerio de Energía y Minas, mediante el cual recomendó a dicha entidad modificar la normativa que regula el procedimiento administrativo de autorización de inicio y reinicio para exploración minera, a fin de establecer que esta entidad deba verificar de forma previa, de la documentación que acredita que el titular minero cuenta con la autorización del propietario para utilizar el terreno superficial. Asimismo, recomendó modificar la normativa que regula la etapa de explotación minera, con el objeto de que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA supervise si el titular minero cuenta con la mencionada documentación. Finalmente cabe indicar al respecto que la Ley Nº 26505 y su Reglamento, han previsto que la utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre y que, tratándose de tierras comunales de la Sierra o Selva, se requiere del Acuerdo de la Asamblea General con el voto conforme de no menos de los dos tercios de todos los miembros de la comunidad, por lo que, todo acuerdo que no cumpla con los requisitos establecidos en el referido marco legal carecen de validez, de tal forma garantizar el respeto del derecho de propiedad constituye un aspecto central en la gestión de la viabilidad social de los proyectos de inversión. Anexo: Recomendaci+¦n de la Defensor+¡a del Pueblo (derecho de propiedad)

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