Caso Saweto: Sala de Apelaciones rechaza hábeas corpus de condenados y mantiene vigentes las sentencias por asesinato de líderes indígenas

El pasado 3 de junio, la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali confirmó la improcedencia de la demanda de hábeas corpus presentada a favor de Josimar y Segundo Atachi Félix, condenados por el asesinato de los líderes indígenas de la comunidad nativa Alto Tamaya-Saweto: Edwin Chota Valera, Leoncio Quintisima Meléndez, Jorge Ríos Pérez y Francisco Pinedo Ramírez.

Durante la audiencia realizada el 29 de mayo en Pucallpa, el equipo legal de las familias de las víctimas y la Procuraduría Pública del Poder Judicial solicitaron que se mantenga la decisión emitida en primera instancia. Argumentaron que el proceso penal aún no ha concluido, ya que existe un recurso de casación pendiente de resolución ante la Corte Suprema.

“Existe un recurso de casación pendiente de resolución ante la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, la justicia constitucional no puede intervenir mientras el proceso penal continúe en trámite dentro de la jurisdicción ordinaria”, explicó Rocío Trujillo, asesora legal de las familias de Saweto.

Al resolver el caso, la Sala concluyó que los cuestionamientos planteados por la defensa de los condenados deben ser evaluados dentro del proceso penal y no a través de un hábeas corpus. Asimismo, recordó que esta garantía constitucional tiene un carácter excepcional y no puede utilizarse para revisar decisiones judiciales que todavía pueden ser analizadas por las vías legales ordinarias.

Con esta decisión, el tribunal rechazó la apelación presentada por la defensa y confirmó la resolución emitida por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, que había declarado improcedente la demanda en primera instancia. En consecuencia, las condenas dictadas en el proceso penal continúan vigentes.

La Sala también señaló que la demanda buscaba cuestionar aspectos relacionados con el desarrollo del juicio oral y la aplicación de normas procesales, temas que corresponden ser revisados por los órganos de justicia penal y no por la vía constitucional.

Cabe recordar que, en agosto de 2025, la justicia peruana confirmó en segunda instancia las condenas por el asesinato de los cuatro líderes indígenas de Saweto, ocurrido en septiembre de 2014. El caso, considerado uno de los más emblemáticos en la lucha contra la impunidad de los crímenes cometidos contra defensores indígenas en el Perú, permaneció más de una década en los tribunales.

Para las organizaciones indígenas, la reciente decisión de la Sala ratifica la validez del proceso judicial seguido hasta la fecha y representa un nuevo respaldo a la búsqueda de justicia para las familias de los líderes asesinados.

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