Corte Suprema reivindica a FENAMAD y al apu Julio Cusurichi en la defensa de los PIACI y anula sentencias en su contra

La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema resolvió a favor de la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) y del apu Julio Cusurichi Palacios, al declarar fundada la acción de amparo contra amparo presentada en 2022 (expediente 13420-2023). Con esta sentencia, la Corte Suprema declaró la nulidad de dos sentencias previas que favorecían a la empresa maderera Canales Tahuamanu y vulneraban derechos. De esta manera, este fallo reafirma el derecho a la libertad de expresión y la legítima defensa de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (PIACI).

Debido a su firme compromiso con la defensa de los PIACI, el apu Julio Cusurichi y FENAMAD enfrentaron una demanda de amparo por parte de la citada empresa maderera, que alegabada violación al derecho al honor debido a un pronunciamiento público emitido por FENAMAD, en julio de 2020, cuando Cusurichi era presidente de la organización. En este documento, se denunciaban los riesgos y vulneraciones de derechos al pueblo Mashco Piro, ocasionados por actividades forestales en zonas que se superponen con sus territorios ancestrales, hecho que estaba completamente probado.

Como se recuerda, las sentencias emitidas por el Primer Juzgado Civil Permanente (primera instancia) y la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios resolvieron a favor de la empresa y ordenaban a FENAMAD y al apu Julio Cusurichi que rectificaran sus declaraciones y publicaran una carta emitida por la empresa Canales Tahuamanu  S.A.C., en las plataformas comunicacionales oficiales de la organización indígena regional o serían sancionados. 

Además, las sentencias ordenaban también que tanto FENAMAD como el apu Julio Cusurichi evitaran realizar otras declaraciones o publicación de pronunciamientos similares y al pago de los costos procesales en favor de la Maderera Canales Tahuamanu S.A.C. 

En vista de que estas decisiones judiciales eran arbitrarias y afectaban el derecho a la libertad de expresión, así como su rol como defensores de derechos humanos y derechos de los PIACI, FENAMAD y Cusurichi presentaron una nueva demanda de amparo para anular ambas sentencias, llevando el caso hasta la máxima instancia judicial.

“Este fallo de la Corte Suprema es una victoria no solo para FENAMAD y las organizaciones indígenas, sino para todos los que defendemos los derechos de nuestros hermanos aislamiento y contacto inicial. Hemos defendido la verdad, nuestro derecho a expresarnos y a proteger los territorios ancestrales de nuestros hermanos Mashco Piro. Ninguna actividad económica debe vulnerar los derechos de cualquier pueblo indígena en el planeta”, señaló Cusurichi.

Sentencia de la Corte Suprema favorable

Luego de tres años de lucha judicial, finalmente el 22 de julio de 2025, Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, conformada por los magistrados Calderón Puertas, Espinoza Ortiz, Grossmann Casas, Álvarez Olazábal y Placencia Rubiños,  declaró la nulidad de las sentencias anteriores que vulneraban derechos fundamentales, la motivación de las sentencias, la libertad de expresión y el derecho a defender los derechos de los pueblos indígenas.

La Corte Suprema concluyó que exigir a FENAMAD y al apu Julio Cusurichi una rectificación redactada por la propia empresa constituía un acto de censura previa y un intento de silenciar a los defensores indígenas. Además, destacó el rol de la organización y del líder indígena como actores clave en la protección de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial, subrayando que sus pronunciamientos están respaldados por pruebas y por el ejercicio legítimo de su labor en defensa de los derechos humanos.

Un precedente para la defensa indígena

Este fallo no solo reivindica la voz de FENAMAD y del apu Julio Cusurichi, sino que también sienta un precedente en el reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas y sus líderes a expresar y denunciar públicamente las amenazas que enfrentan, sin ser amedrentados por intereses económicos o judiciales.

La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) saluda la decisión de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema que resolvió conforme a la Constitución, los instrumentos internacionales de los derechos de los pueblos indígenas y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Además, esta decisión se dio aplicando el control de convencionalidad, resaltando el derecho de defender derechos humanos y la importancia del rol de las personas defensoras de derechos humanos y de los pueblos indígenas en aislamiento, labor encomiable que viene ejerciendo FENAMAD y el apu Julio Cusurichi Palacios, actual dirigente nacional de AIDESEP.

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