Caso Saweto: Defensa legal de las familias pide confirmar la sentencia condenatoria y reparación integral con enfoque en derechos indígenas

Los pedidos se realizaron como parte de los alegatos finales de la defensa legal de las familias de Jorge Ríos Pérez, Leoncio Quintisima Meléndez y Francisco Pinedo, durante la audiencia de apelación.

En la undécima sesión de la audiencia de apelación del caso Saweto, realizada el último jueves 3 de julio, la defensa legal de las familias de Jorge Ríos Pérez, Leoncio Quintisima Meléndez y Francisco Pinedo Ramírez presentó sus alegatos finales ante la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali.

La defensa legal solicitó que se confirme la sentencia en primera instancia impuesta contra los acusados, incrementar la pena privativa de libertad efectiva a 35 años y que se fije un monto de reparación civil equitativo, justo y proporcional al daño ocasionado. Asimismo, enfatizó que se debe asegurar que la reparación sea integral, que vaya más allá de lo económico, garantizando los derechos de las familias y de los pueblos indígenas.

En ese sentido, el abogado de Lita Rojas Pinedo, viuda de Leoncio Quintisima Meléndez, argumentó que el monto debe incrementarse en atención a la dimensión social y colectiva del daño causado, considerando la afectación moral sufrida por tratarse de integrantes de la comunidad nativa Alto Tamaya Saweto del pueblo indígena Ashéninka. Esto porque el homicidio generó consecuencias colectivas, afectando el tejido social y espiritual de la comunidad.

“La relación de los pueblos indígenas con su territorio no es solo material, tiene una dimensión inmaterial. El territorio forma parte de su identidad cultural y esta conexión espiritual ha sido reconocida reiteradamente en la jurisprudencia. El desplazamiento forzado a raíz de estas matanzas rompe ese vínculo espiritual, vulnerando gravemente este derecho”, explicó el abogado Felipe Tapia, representante legal de Lita Rojas.

Asimismo, Tapia subrayó la necesidad de respetar en el proceso penal la cosmovisión indígena Kametsari Piseiki, cuya traducción del ashéninka al español es “Reparar el Buen Vivir”, concepto que representa el proyecto de vida colectivo y en armonía con el territorio.

Durante su intervención, el letrado sostuvo que el caso no debe evaluarse únicamente desde la perspectiva penal, sino también en su dimensión familiar, comunitaria y de derechos indígenas, lo que justifica una reparación más justa.

Como sustento, presentó cuatro indicios que respaldan el pedido de incremento de la reparación civil:

  1. Tala ilegal reiterada por parte de los sentenciados en territorio comunal, afectando el derecho al territorio reconocido en los artículos 13, 14 y 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  2. Conflicto sistemático entre las víctimas (Edwin Chota, Leoncio Quintisima, Jorge Ríos y Francisco Pinedo) y los sentenciados, resultado de la defensa del territorio ejercida a través de la jurisdicción indígena, conforme al artículo 149 de la Constitución Política del Perú.
  3. Amenazas de muerte previas, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y el goce pacífico de la propiedad comunal.
  4. Asesinato con armas de fuego mientras se dirigían a una reunión, hecho que provocó el desplazamiento forzado de sus familiares y la ruptura del vínculo espiritual con el territorio (artículo 13 del Convenio 169 de la OIT).

Reparación integral y con enfoque de derechos indígenas 

Por su parte, la abogada Jessica Quiroz Ruíz, representante de las familias de Jorge Ríos Pérez y Francisco Pinedo Ramírez, destacó que el monto de la reparación civil debe ser proporcional al daño sufrido, tanto por las víctimas directas como por la comunidad.

En su exposición, solicitó a la Sala que, en un capítulo de la sentencia, se aborde la reparación integral que debe tomar en cuenta los daños materiales, sociales, culturales, espirituales sufridos por la comunidad nativa Alto Tamaya Saweto del pueblo indígena Ashéninka, buscando una restitución completa de sus derechos y bienestar. Así como la rehabilitación para las familias de los líderes y autoridades indígenas asesinados, que debe constar de apoyo psicológico, médico y social. 

Asimismo, Quiroz resaltó como un antecedente para este caso el Programa Integral de Reparaciones (PIR) para las víctimas de la violencia ocurrida entre mayo de 1980 y noviembre de 2000 en Perú, creado por la Ley n.º 28592 en 2005. El PIR busca reparar integralmente a las víctimas a través de programas de restitución de derechos ciudadanos, reparaciones en educación, salud y reparaciones colectivas, y contempla medidas tanto tangibles como simbólicas para reparar a las víctimas, muchas de ellas pertenecientes a pueblos indígenas.

Al respecto, Quiroz mencionó que el Plan de Acción Saweto —una iniciativa multisectorial del Estado peruano creada en respuesta a los asesinatos— no ha sido implementado a la fecha, a pesar de estar orientado a atender las necesidades de la comunidad en materia de seguridad, desarrollo, servicios básicos, justicia e infraestructura.

“El plan actualizado en 2024 tiene como uno de sus objetivos principales la protección de los líderes indígenas. La reparación civil debe evaluarse integralmente, compensando el daño material, moral y garantizando la rehabilitación”, señaló Quiroz. También recordó la muerte de Adelina Vargas, viuda de Francisco Pinedo, quien falleció en julio de 2022 sin haber obtenido justicia.

La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Organización Regional AIDESEP Ucayali (ORAU) y otras organizaciones aliadas acompañan a las familias en este proceso, cuyo resultado podría marcar un precedente importante para abordar los otros casos de defensores indígenas que han sido asesinados por defender sus territorios.

Dato: Los alegatos finales de la defensa de los sentenciados se realizarán el 15 y 22 de julio, y el 7 de agosto los acusados tendrán la palabra para su autodefensa. La fecha de lectura de sentencia aún está pendiente de confirmación.

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