Alerta: Poder Judicial retarda la justicia para las familiares de los líderes del Caso Saweto

Ha transcurrido más de un mes y aún la justicia no llega para las familiares de los cuatro líderes asesinados de la comunidad nativa Alto Tamaya Saweto. Esto debido a que el Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Ucayali aun no notifica la sentencia condenatoria contra José Estrada Huayta, Hugo Soria Flores, Segundo Atachi Felix y Josimar Atachi Felix.

Como se recuerda, el pasado 23 de abril, en una audiencia de lectura de sentencia, los mencionados fueron condenados a 28 años y 3 meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito de homicidio calificado contra los líderes ashéninkas Jorge Ríos Pérez, Edwin Chota Valera, Leoncio Quintisima Meléndez y Francisco Pinedo Ramírez.

En dicha audiencia se leyeron los fundamentos principales de la condena, que los acredita como autores del crimen. Sin embargo, a pedido del Ministerio Público la sentencia no fue leída en su integridad y el Juzgado determinó que el texto íntegro de la sentencia sería notificado a las partes.

A las tres semanas de la audiencia y sin que el Juzgado notifique la sentencia, el 17 de mayo, la defensa legal de las víctimas solicitó que se realice la notificación de inmediato, ya que este retraso atenta contra el derecho fundamental al debido proceso. Pese a la solicitud, hasta la fecha el Juzgado todavía no notifica la sentencia condenatoria, lo que configura el retraso injustificado en la tramitación del proceso.

El jueves 30 de mayo, las viudas e hija de los líderes de Saweto, Julia Pérez, Ergilia Rengifo y Lina Ruíz, se acercaron al despacho judicial para exigir a los magistrados la notificación de la sentencia, recibiendo la respuesta de que la sentencia sería notificada hoy, 31 de mayo. No obstante, esto no se ha cumplido.

Las viudas de las víctimas y la defensa legal exigen al Juzgado Colegiado que notifique de inmediato la sentencia y al presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali que adopte las medidas correspondientes para atender el retraso injustificado, a través de los mecanismos de control institucional y los procedimientos de queja.

Este retraso de la notificación constituye una vulneración al derecho de los familiares de las víctimas al plazo razonable en la tramitación del proceso penal e impide organizar su defensa ante la segunda instancia judicial, en la que deberán defender la sentencia condenatoria para garantizar la justicia y evitar la impunidad.

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