Los Contratos y sus procesos, por José Mashingash Putsun, docente de Formabiap, Aidesep 

“Niños amazónicos aún no empiezan clases en sus escuelas.”

Hasta cierto punto el rol de la Comisión de contratos en el presente año ha sido loable, ya que las propuestas de las organizaciones indígenas han sido respetadas y los contratos se han dado al 99%. En efecto, para el caso Corrientes la adjudicación se realizó en dos fechas; el primero se realizó el 7 de febrero donde se les adjudicó a 06 docentes de nivel inicial y 15 de primaria que participaron en la prueba regional. La segunda fecha de adjudicación se dio el 26 de febrero en el marco de la fase excepcional donde se les adjudicó a 15 de nivel inicial, 51 en primaria y 20 en secundaria. En total fueron adjudicados 21 docentes en el nivel inicial, 66 en primaria y 20 en secundaria, haciendo un total de 106 docentes. Desde que han adjudicado, han corrido 14 días y desde que las clases se han iniciado (04 03-13) van corriendo 8 días hábiles. Hasta la fecha ninguno de los docentes adjudicados en la etapa excepcional ha recibido su Resolución de contrato. Las normas para los procesos de contrato docente e inicio de clases son claras, conforme se indica a continuación. Según el cronograma del proceso de contrato docente 2013 emitido por DRE-Loreto, el mismo que fue modificado a consecuencia de la postergación de la prueba regional, hasta el 19 de febrero se culminaba con la emisión de las Resoluciones de Contrato. Asimismo, la Directiva N° 014-2012-MINEDU/VMGP “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2013 en la educación básica”, sostiene que “En las Instituciones Educativas Publicas, las clases se inician a nivel nacional el 4 de marzo del 2013 y en las Instituciones Educativas Privadas se hará de acuerdo con su reglamento interno”. También, la Directiva N° 015-2012-MINEDU/G-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para el Proceso de Evaluación, Selección y Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el periodo lectivo 2013”, en el numeral 6.2.7 De la etapa de adjudicación regular, inciso h, señala que “Las DRE/UGEL según corresponda, una vez recibidos los expedientes, son responsables de emitir dentro del plazo establecido en el cronograma regional, las resoluciones que aprueban los contratos, garantizando el pago oportuno de sus remuneraciones”. Es evidente que las reglas puestas por órganos superiores a las UGELes y Direcciones Regionales son claras, pero son letra muerta en cada una de las jurisdicciones de las instancias señaladas, al parecer cada instancia intermedia baila con su propio pañuelo y proceden como mejor les parece. La campaña desarrollada por el Ministerio de Educación, la DIGEIBIR y los medios de comunicación sobre la fecha de inicio de clases nunca se cumplen. Como van las cosas, es probable que las clases en las Instituciones Educativas de las comunidades se inicien a fines de abril y no el 4 de marzo como señala la Directiva. La razón de todo esto es debido a: 1.- La Comisión de Contratos no se dedica a tiempo completo la función encomendada. Se ha constatado que proceden cuando ellos quieren. 2.- Al parecer, la función de la Comisión de contratos se restringe hasta la adjudicación de plazas aun cuando la Directiva N° 015-2012-MINEDU/G-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para el Proceso de Evaluación, Selección y Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el periodo lectivo 2013”, en el numeral 6.2.2 Del Comité de contratos señala que, “El Comité de Contratación ejercerá sus funciones durante el año fiscal 2013, inclusive para cubrir las vacantes que se generen durante el año lectivo”. 3.- Después del proceso de adjudicación, las Actas de Adjudicación y los expedientes de los adjudicados pasan a la Unidad de Personal, donde de alguna manera serán cernidos y formalizados a través de las Resoluciones de contrato, siempre y cuando el responsable le de las ganas. Esto es el rostro del proceso de contratos. ¿Hasta qué fecha se iniciaran las clases en las escuelas de las comunidades indígenas?, ¿El MED y la DIGEIBIR tendrá conocimiento de todo esto?, ¿a qué se debe que un grupo cuente con sus resoluciones, hay algún funcionario patrón?

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